TÉRMINOS Y CONDICIONES

TU CLUB DE BUCEO EN HUELVA

TÉRMINOS Y CONDICIONES – CATEGORÍAS DE PERSONAS DEL CLUB

En estos términos y condiciones trataremos de detallar las condiciones que se han de cumplir para formar parte del club.

  • Personas socias o asociadas de pleno derecho: son las fundadoras o promotoras y cualesquiera otras incorporadas posteriormente al club e incluidas, como tales, en el Libro Registro de Personas Asociadas. Satisfacen obligatoriamente las cuotas de sostenimiento de los gastos del club.
  • Personas abonadas o colaboradoras: son las personas físicas o jurídicas que colaboran en el desarrollo de las actividades del club, bien mediante la aportación de fondos económicos, bien aportando su propio trabajo no remunerado.
  • Deportistas: son quienes se incorporan al club y desarrollan y practican la modalidad deportiva correspondiente por y para el mismo, respetando, en su caso, las condiciones federativas y estando, cuando corresponda, en posesión de la correspondiente licencia federativa tramitada por el club.
  • Técnicos y técnicas: son las personas que se incorporan al club y ejercen, entre otras, funciones de dirección y entrenamiento de deportistas en los correspondientes equipos del club, respetando, en su caso, las condiciones federativas y estando en posesión, cuando corresponda, de la correspondiente licencia federativa.

IGUALDAD DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN EL CLUB

Se establece el principio de igualdad de todas las personas que integran el club, sin que pueda establecerse discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 

NÚMERO DE PERSONAS SOCIAS

El número de personas socias será ilimitado. No obstante la Junta Directiva podrá suspender la admisión temporal de nuevas incorporaciones cuando la falta de espacio o capacidad de las instalaciones así lo aconseje.

DERECHOS DE LAS PERSONAS QUE COMPONEN EL CLUB

  1. Las personas socias gozarán plenamente de los derechos que se deriven del presente escrito.
  2. Serán derechos de las personas socias, en todo caso, los siguientes:
    • Participar de voz y voto en cualquier decisión, participando en cualquier decisión.
    • Recibir información de las actividades que se realicen, especialmente, de toda la gestión y administración.
    • Tener acceso a toda la información del club.
    • Asistir a las actividades organizadas por el club así como utilizar sus instalaciones y servicios.
    • Expresar libremente sus opiniones.
    • Reclamar contra las decisiones de los órganos directivos del club.
    • Separarse del club cuando quiera.
  3. El resto de las personas que componen el club gozarán de todos los derechos establecidos en el apartado dos de este artículo, sin perjuicio de que los previstos en los dos primeros puntos se ejerciten mediante un sistema de representación indirecta, de forma que las categorías de personas abonadas o colaboradoras, deportistas y técnicos o técnicas estén representadas en la Asamblea General de la siguiente forma:
    • Un representante por cada 50 persona integrante de cada categoría, elegidas por y entre sus componentes.
  4. Asimismo, las personas deportistas federadas tendrán los siguientes derechos:
    • Desempeñar su actividad deportiva en el marco de las reglamentaciones que rigen la correspondiente modalidad.
    • Acudir a las selecciones deportivas andaluzas cuando sean convocadas por las federaciones.
  5. Los técnicos y técnicas tendrán, también, los siguientes derechos:
    • Desempeñar su actividad deportiva de acuerdo con la reglamentación federativa correspondiente.
    • Regirse, en su caso, por las convenciones específicas que, en el marco de las normas legales, reglamentarias y estatuarias, suscriban con los órganos del club.

OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS QUE COMPONEN EL CLUB

  1. Son obligaciones de todas las personas que componen el club además de las de carácter jurídico y económico, las siguientes:
    • Acatar los estatutos y reglamentos del club y los acuerdos que se adopten.
    • Contribuir al cumplimiento de los fines del club.
  2. Son, asimismo, obligaciones de las personas socias las siguientes:
    • Contribuir al sostenimiento económico del club, mediante el abono de las cuotas que se establezcan.
    • Colaborar con la gestión y administración del club, en caso de designación para ello.
  3. Las personas deportistas federadas del club tienen también la obligación de acudir a las selecciones deportivas andaluzas.

TÉRMINOS Y CONDICIONES – ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE SOCIO O SOCIA

Para adquirir la condición de socio o socia será necesario:

  1. Solicitar por escrito a la Junta Directiva, será avalado por dos personas socias.
  2. Una vez acordada la admisión por la Junta directiva, hacer el ingreso de la cuota anual de 15,50€.
  3. La temporalidad de dicha cuota anual, será válida por un año natural desde el 1 Enero hasta el 31 Diciembre del mismo año.

TÉRMINOS Y CONDICIONES – PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE SOCIO O SOCIA

La condición de socio o socia se pierde:

  1. Por voluntad propia
  2. Por falta de pago de las cuotas
  3. Por acuerdo del Club, fundado en faltas de carácter grave, previa audiencia de la persona interesada, que habrá de ser ratificado en la primera Asamblea General que se celebre.

TÉRMINOS Y CONDICIONES – LAS CUOTAS

Las cuotas que han de satisfacer las personas socias o asociadas se estableceran por la Asamblea General y serán:

  1. Ordinarias: de ingreso, periódicas o por uso de instalaciones o servicios, en su caso.
  2. Extraordinarias o especiales: las que excepcionalmente se establezcan.

La temporalidad de dicha cuota será anual, válida por un año natural desde el 1 Enero hasta el 31 Diciembre del mismo año.

CONTACTO

En caso de que cualquier Usuario tuviese alguna duda acerca de estos términos y condiciones legales o cualquier comentario sobre el portal https://www.clubpezglobo.cristinasancheznarvaez.es, por favor diríjase a info@clubpezglobo.com.

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ESPERAMOS QUE TE HAYAN AYUDADO ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES

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